Reforma a favor de la mujer

Uno de los propósitos es incluir el concepto de violencia mediática, pues estos actos desvalorizan la dignidad de las niñas y mujeres, además de que las mujeres víctimas de violencia reciban atención en su propia lengua

De forma unánime, diputados de la LXIV Legislatura aprobaron el dictamen de tres iniciativas que reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Campeche, con lo que se incorpora el concepto de violencia mediática a ese marco legal.

Además, garantizar que en los refugios para las mujeres víctimas de violencia, reciban atención de mujeres y en su propia lengua, cuya finalidad es garantizar una mayor protección de los derechos humanos de este sector de la sociedad.

El propósito de la primera iniciativa es incluir el concepto de violencia mediática, pues estos actos desvalorizan la dignidad de las niñas y mujeres.

La segunda, plantea sean los municipios del Estado los que deberán garantizar que en los refugios para las mujeres víctimas de violencia, reciban atención de mujeres y en su propia lengua, además de dotar de herramientas necesarias en materia de derechos humanos y de protocolos para su protección.

El tercer documento, busca reducir cualquier obstáculo en el adecuado desarrollo del sistema estatal para prevenir, atender, sancionar y erradicarla violencia contra las mujeres.

También se busca evitar que ningún Poder ni institución del Estado quede excluida e incumpla con sus obligaciones para materializar un amplio parámetro de protección.

Además, evitar que ningún Poder ni institución del Estado quede excluida e incumpla con sus obligaciones para materializar un amplio parámetro de protección de los derechos humanos de las mujeres.

Por otra parte, se aprobó un punto de acuerdo para pedir a la Comisión del Patrimonio Cultural del Estado de Campeche, formule los estudios correspondientes y solicitar que Gobernadora emita la declaratoria de inscripción de la Lengua Maya al patrimonio cultural del Estado, como Patrimonio Intangible del Estado.

Más adelante, la agenda de la sesión de este martes, incluyó dos dictámenes; el primero para reformar el artículo 194 del Código Penal del Estado y adicionar como agravante la sustracción de insumos, materiales médicos o medicinas de las instituciones públicas o privadas obligadas a proporcionar el derecho y protección de la salud.

El segundo, para incrementar el catálogo de sanciones, mediante la reforma de la fracción II del artículo 69 de la Ley para la Protección y Bienestar de los Animales del Estado de Campeche, relativa a la multa y pasar de 35 a 350 UMA´s diarias al momento de la comisión de la infracción, en lugar de 100 a 350.

Texto y fotos: Agencia