La Sala de Xalapa ratifica candidaturas de Fuerza y Corazón por México

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que son válidas las candidaturas a diputados federales de Esteban Abraham Macari y Julián Zacarías Curi, así como la aspirante al Senado, Kathia Bolio Pinelo, todos de la coalición opositora “Fuerza y Corazón por México”.

En el caso de los varones, fueron impugnados por presuntamente usurpar candidaturas para indígenas, mientras que Kathia Bolio fue impugnada por acciones afirmativas, pues fue registrada como persona de la comunidad Lgbtiq+.

En la misma jornada, se determinó que el priista Rolando Zapata Bello, quien se inscribió como afrodescendiente, tiene derecho a la candidatura como primera fórmula al Senado de la República.

En el recurso de apelación RAP 58/2024, el Pleno confirmó el registro de Rolando Rodrigo Zapata Bello, pues no existe una base legal para exigir mayores requisitos para acreditar la pertenencia al grupo de personas afrodescendiente o afromexicanas, más allá de la autoadscripción simple o manifestación.

Ayer, la Sala Regional Xalapa del Tepjf confirmó el acuerdo INE/CG233/2024 emitido por el Consejo General del INE, con el que se aprobaron las solicitudes de registro de las candidaturas a diputaciones federales por el principio de mayoría relativa y representación proporcional para el proceso electoral 2023-2024; en específico, las candidaturas de los distritos electorales federales 01 (Esteban Abraham Macari), con cabecera en Valladolid; 02, en Progreso (Julián Zacarías Curi); así como el 05 (Juan José Canul), en Umán, postuladas por la Coalición Fuerza y Corazón por México.

Ya que contrario a lo argumentado por las (os) demandantes, el Consejo General del INE sí hizo un estudio de la autoadscripción calificada indígena de cada una de las personas registradas en las candidaturas en comento, conforme a los Lineamientos aprobados mediante los Acuerdos INE/CG830/2022 e INE/CG641/2023, signados en acatamiento a diversas sentencias de la Sala Superior de este Tribunal Electoral.

“Se arribó a la conclusión de que, tales personas acreditaron su pertenencia a dichas comunidades”, señala un comunicado.

Texto y foto: Agencia