El Consejo Consultivo precisa que solo su obligación es transparentar la información del orden público, no importa quien lo solicite
Ante la petición del presidente Andrés Manuel López Obrador, para que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) investigue los ingresos, bienes y origen de la riqueza del periodista Carlos Loret de Mola, socios y su familia, la presidenta del Consejo Consultivo del INAI, Nuhad Ponce Kuri, dejó claro que no es posible.
Explicó que la obligación que rige al INAI es la de custodiar, proteger y garantizar la protección de datos personales de cualquier persona, y a la vez transparentar la información “siempre y cuando sea del orden público”.
“Hablando de un privado no es el INAI la autoridad para obtener esta información o para solicitar, el INAI no es la institución a la que haya que requerirle la información sobre un particular, no importa quien la solicite porque no está dentro del marco regulatorio”, aseveró.
Puntualizó que la protección de datos está consagrada en el artículo 16 constitucional, en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (Lfdppp), y en el propio marco regulatorio del INAI.
“Existen dos normativas de protección de datos, la que es para particulares y la que es para sujetos obligados; el INAI tiene la obligación de transparentar cuando se está hablando de un ente público, pero cuando se trata de un privado no se debe publicar la información”, agregó.
En la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, se señala que pueden ser públicos los datos de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo del ámbito federal, estatal y municipal, así como de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.
Texto y foto: Agencias