La Scjn destaca que los magistrados que renuncian de manera voluntaria a su cargo mantienen su haber de retiro vitalicio y todos los beneficios que conlleva
Como resultado de las impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró ayer inconstitucional la Reforma al Poder Judicial del Estado de Yucatán, promovida el año pasado, en las porciones que obligaban a los magistrados en funciones a optar por el “retiro anticipado” a costa de perder su haber de retiro.
Respecto a esta resolución, en comunicado de prensa, se precisó, que los cambios realizados a la legislación en la materia quedan firmes y el Tribunal Superior de Justicia del Estado (Tsje) mantiene su conformación actual.
En este sentido, los magistrados que se acogieron al Artículo Transitorio Sexto del Decreto 496/2022, renunciando de manera voluntaria a su cargo, mantendrán su haber de retiro vitalicio y todos los beneficios que ello conlleva. La Scjn dejó en claro que los magistrados nombrados a raíz de las renuncias referidas mantendrán su nombramiento, el cual se realizó con absoluta legalidad.
Respecto de los magistrados Leticia Cobá Magaña, José Rubén Ruiz Ramírez e Ingrid Priego Cárdenas, quienes decidieron no acogerse al Artículo Sexto y continúan desempeñando su cargo, tampoco se verán afectados, ya que mantendrán su haber de retiro vitalicio cuando cumplan 15 años de servicio en su puesto.
“Con las modificaciones promovidas en esta reforma, el Poder Judicial de Yucatán avanza en su modernización, fortaleciendo su independencia y autonomía al agilizar los trámites en los juzgados, además de que se reducen los tiempos de espera para los ciudadanos”, señaló.
Así, se contribuye a la transformación de nuestro estado, al realizar los cambios necesarios para que el Poder Judicial se adapte a los tiempos actuales y de esa forma se construyen los mecanismos e instituciones que la ciudadanía requiere para la correcta impartición y acceso a la justicia”, concluyó el comunicado.
Al respecto, el politólogo Juan Carlos Galicia explicó que a casi un año de estar en vigor la reforma, los ocho de 11 magistrados que han renunciado a su cargo no lo recuperarán, pues la Corte consideró su renuncia como un hecho consumado.
“Quienes obtienen un beneficio de la inconstitucionalidad, son los tres magistrados que se ampararon, pues podrán gozar de su haber de retiro pese a no haberse acogido al transitorio (ahora invalidado)”, expresó.
“De esta manera, aunque la Reforma al Poder Judicial delEstado de Yucatán fue declarada inconstitucional en su parte política, no habrá cambios, y los nuevos magistrados propuestos por el gobernador, Mauricio Vila Dosal, y aprobados por el Congreso Yucatán, se mantienen en sus cargos y seguirán siendo la mayoría en la nueva composición del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de Yucatán”, puntualizó.
La Scjn invalidó la porción “o 30 años al servicio del Estado”, contenida en los artículos 68, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado de Yucatán; y 20, segundo párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la entidad, que establecía una causa de retiro forzoso de magistrados, consejeros de la Judicatura del Poder Judicial al cumplir 30 años al servicio del estado.
Texto y foto: Manuel Pool