Con la finalidad de informar a los integrantes del Consejo Local sobre las solicitudes del registro de fórmulas de candidaturas a Senadurías por el principio de Mayoría Relativa presentada por los partidos políticos nacionales con representación en la entidad, se realizó la sexta sesión con caracter de especial, dirigida por el consejero presidente, Fernando Balmes Pérez.
Ante el Proceso Federal 2023-2024, en el cual se renovará la Presidencia de la República y el Congreso de la Unión, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que corresponde a los partidos políticos solicitar el registro de sus candidaturas, por lo que en la sesión se informó que se recibió la lista de los ciudadanos inscritos para participar en los cargos de elección popular.
Ante lo anterior se anunció que el partido Movimiento Ciudadano (MC), la coalición “Fuerza y Corazón por México” y “Sigamos Haciendo Historia” efectuaron de manera supletoria ante el Consejo General del INE sus solicitudes de aspirantes candidaturas a senadurías por el principio de mayoría relativa por el estado de Campeche, de lo cual se informó las fórmulas registradas.
LAS FÓRMULAS
Movimiento Ciudadano registró en su primera fórmula a Eliseo Fernández Montufar como propietario y como suplente a Francisco Daniel Barreda Pavón; en tanto que en su segunda fórmula a Dulce María Dorantes Cervera como propietaria y como suplente a Mónica Beatriz Maldonado Damián.
Coalición “Fuerza y Corazón por México”, integrado por los partidos PAN, PRI y PRD, registraron en su primera fórmula a Karla Toledo Zamora como propietaria y suplente a Yamile Candelaria Gómez Manzanero; mientras que en su segunda fórmula se registró a Lidia Marquart Lliteras, propietaria y suplente a Vannia Sarahi Aguilar de la Cruz
La coalición “Sigamos Haciendo Historia” integrado por los partidos PT, Pvem y Morena, registraron en su primera fórmula a Aníbal Ostoa Ortega, como propietario y Carlos Martínez Aké como suplente; junto a la segunda fórmula de María Martina Kantún Can y suplente a Maricela Flores Moo.
Es importante destacar que la Ley dispone que recibida una solicitud de registro de candidaturas por la Presidencia o Secretaría del Consejo que corresponda, se verificará dentro de los tres días siguientes que se cumplió con todos los requisitos señalados en el artículo anterior, y si de la verificación realizada se advierte que se omitió el cumplimiento de uno o varios requisitos, se notificará de inmediato al partido político correspondiente, para que dentro de las 48 horas siguientes subsane el o los requisitos omitidos o sustituya la candidatura, siempre y cuando esto pueda realizarse dentro de los plazos que señala la Ley.
En caso de no cumplir con los requerimientos previstos en la Ley o que se incumpla con acciones afirmativas, o con criterios de paridad, el INE procederá a la cancelación de los registros respectivos, conforme al acuerdo que marca la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Texto y foto: Agencias