El principio 10

Salvador Castell-González 

Esta semana amanecimos con una buena noticia. La Semarnat acaba de estrenar Siatsa, el Subsistema de Información de Acción Territorial del Sector Ambiental, una plataforma de datos abierto donde podemos acceder a la información ambiental, socioeconómica y sectorial que son competencia de la Semarnat.

El acceso a la información ambiental abierta nos permite tomar decisiones más prontas y asertivas que nos permita prevenir o remediar los problemas o posibles problemas ambientales que se presentan en nuestras regiones, hacer una planeación estratégica y en caso necesario ejecutar acciones correctivas.

Este acceso a la información es un derecho humano desde varios sentidos comenzando por el Principio 10, que no es solo una abstracción legal; es un llamado a la acción. Fue consagrado en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en 1992. Su esencia radica en tres pilares:

El principio 10 reconoce que toda persona tiene derecho a acceder a información relevante sobre el medio ambiente. Esto implica que las autoridades deben ser transparentes y proporcionar datos veraces sobre cuestiones ambientales. ¿Por qué es crucial? Porque solo con información podemos comprender los desafíos que enfrentamos y trazar estrategias efectivas.

También declara la importancia de la participación ciudadana en la Toma de Decisiones. No basta con recibir información pasivamente; debemos ser actores e impulsores de acciones para la construcción de un futuro sostenible. El Principio 10 nos insta a involucrarnos en procesos de toma de decisiones relacionados con el medio ambiente. Desde audiencias públicas hasta consultas ciudadanas, nuestra voz debe ser escuchada.

Finalmente enmarca la pauta para el acceso a la Justicia Ambiental. Si nuestros derechos ambientales son vulnerados, debemos tener acceso a vías judiciales efectivas. Esto significa que, si se oculta información relevante o se toman decisiones perjudiciales para el entorno, debemos poder recurrir a los tribunales. La justicia ambiental no es un lujo, sino un imperativo moral.

Este principio 10 fue reconocido y ratificado por el acuerdo de Aarhus y el acuerdo de Escazú, el primero para la comunidad europea y el segundo para Latinoamérica y el Caribe.

El derecho a la información que está reconocido en el Principio 10 es un argumento jurídico, reconocido como un derecho humano y una de nuestras mejores herramientas para impulsar una cultura de la Sustentabilidad.

La desinformación hoy es reconocida como la principal amenaza global, la información es la cura para avanzar en contra del cambio climático y las amenazas globales ambientales. Seamos parte de la solución.