Asegura Profepa dos tigres en rancho de Baca, Yucatán

Los ejemplares adultos juveniles de tigre (Panthera tigris), son un macho y una hembra

Durante la inspección no se presentó documentación alguna que acreditará la legal procedencia, así como tampoco el plan de manejo autorizado por SEMARNAT ni plan de contingencia respectivo.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró dos ejemplares de tigre de bengala (Panthera tigris) que se encontraban en el Rancho Santa María, ubicado en el municipio de Baca, del estado de Yucatán, al no acreditarse su legal procedencia, entre otras irregularidades.

En atención a reporte policiaco y denuncias en medios sobre la posesión ilegal y ataque a una persona de tigres de bengala en el Municipio de Baca, inspectores de esta Procuraduría acudieron el 7 de agosto de 2018 a realizar una visita de inspección al Rancho Santa María.

Foto: Boletín Profepa

En el lugar se encontraron los dos ejemplares de tigre de bengala  en confinamiento, sin embargo, al momento de la diligencia el inspeccionado no presentó la documentación federal para acreditar la legal procedencia de los felinos, así como tampoco se presentó el plan de manejo aprobado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) ni plan de contingencia respectivo.

Se trata de un macho y una hembra de tigre de bengala (Panthera tigris), en etapa adulta juvenil, de los cuales no se detectaron faltas al trato digno y respetuoso, sin embargo, al no presentar la documentación que acreditara la legal procedencia, con fundamento en los artículos 114 y 117 fracción I de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), se procedió a su aseguramiento precautorio.

Foto: Boletín Profepa

Cabe señalar que los tigres (Panthera tigris) son una especie exótica, que no se distribuye de manera natural en nuestro país, por lo que su manejo solo puede llevarse a cabo en condiciones de confinamiento que garanticen la seguridad de la sociedad civil y trato digno y respetuoso hacia los ejemplares, de acuerdo con un plan de manejo que debe ser previamente aprobado por la SEMARNAT, según lo dispuesto por el artículo 27 de la LGVS.

Los tigres de bengala son una especie que se encuentra listada en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

El poseer ejemplares de vida silvestre sin demostrar su legal procedencia; así como el manejo de ejemplares de especies exóticas fuera de confinamiento controlado o sin respetar los términos del plan de manejo aprobado, son acciones que se sancionan de acuerdo a lo establecido en la LGVS con una multa que va de 50 a 50,000 Unidades de Medida y Actualización (UMAs).

 

Boletín Profepa

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