Para no utilizar la imagen de personas menores de edad de manera discrecional en campañas electorales, el Partido Verde en la Cámara de Diputados propuso reformar la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe). De acuerdo con la diputada ecologista Valeria Santiago Barrientos, la reforma busca también que niñas y niños tengan derecho de participación, opinión y libertad de expresión de manera tal que puedan ser consultados y que puedan expresar su opinión y decisión de participar o no en un evento proselitista, siempre con el consentimiento de sus padres o tutores. Indicó que son varios los casos en los cuales los menores son utilizados para participar en la propaganda visual que promueven los partidos políticos, sin que se respete su derecho a la privacidad y mucho menos su derecho de opinión.
“De manera reciente hemos visto cómo los menores ahora son utilizados para participar en eventos proselitistas. Ante ello, resulta indispensable reformar la Ley respectiva”, dijo la legisladora.
En la propuesta se adicionan tres párrafos al numeral 2 del artículo 242 de la citada ley para establecer que “los partidos políticos, candidatos, directivos escolares o profesores deberán de abstenerse de trasladar a actos de campaña a las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en clases en horario escolar”.
Asimismo, “quedan exceptuados de la anterior prohibición aquellos casos donde se haya expresado el consentimiento por escrito de los padres o de quien ejerza la patria potestad o tutela y se haya escuchado la opinión de la o el alumno”.
Precisa que “el instituto emitirá los lineamientos para garantizar el derecho a opinar, de expresarse y de participación que les corresponde a las niñas, niños y adolescentes”.
En el numeral 5 del artículo 247, se precisa que “los partidos políticos deberán abstenerse de utilizar a menores de edad en la propaganda electoral que se difunda por cualquier medio de comunicación electrónico, redes sociales o impreso, ya sea de manera intencional o incidental”. También se exceptúa esta prohibición cuando medie el consentimiento expreso de los padres o de quien ejerza la patria potestad o tutela y en este caso también será el Instituto quien emita los lineamientos a seguir. Santiago Barrientos explicó que la ley vigente establece y define de manera particular los derechos a la intimidad, de participación, de opinión y de expresión, los cuales cubren la esfera jurídica de las y los niños, además de estipular muy claramente los presupuestos que conllevan la protección de cada derecho. No obstante, de manera reiterada dentro del ámbito electoral vemos cómo son vulnerados estos derechos.
Texto y foto: Agencias