Las personas que viven con VIH no solo enfrentan la enfermedad, sino también deben lidiar con la discriminación, el estigma social y, en ocasiones, con la falta de atención por parte de las autoridades. Incluso, el propio Código Penal de Yucatán contiene disposiciones que perpetúan estas problemáticas.
Ante este panorama, el Congreso del Estado organizó un foro denominado “De la criminalización del VIH a la prevención”, para abordar los retos que enfrentan las personas portadoras del virus, sin importar su condición social o apariencia.
El objetivo es reformar el artículo 189 del Código Penal, y así frenar los actos de discriminación y desprestigio que aún persisten.
La diputada Clara Rosales Montiel (Morena) explicó que la intención es generar información, datos, conocimiento, con el fin de construir una propuesta de reforma al citado artículo, ya que es obsoleto y no se apega a la vida actual.
Actualmente, este artículo habla del peligro de contagio: “a quien, sabiendo que está enfermo de un mal venéreo o de alguna enfermedad grave, transmisible en período infectante, y de manera dolosa tenga cópula o, por cualquier otro medio directo, ponga en peligro de contagio la salud de otras personas, se le impondrá prisión de tres meses a tres años y, además, podrá ser recluido en un hospital”.
“Si la enfermedad contagiosa fuere incurable, se impondrá la sanción de tres meses a ocho años de prisión, y si ésta es mortal, la sanción podrá ser hasta de quince años. Cuando se trate de cónyuges, concubinarios o concubinas, solo podrá procederse por querella del ofendido”, dice a la letra.
Gerardo Cabrera, del colectivo S3D, explicó que las personas que viven con VIH se enfrentan a la discriminación y el estigma: “hemos visto las barreras y el obstáculo que presenta ese tipo de leyes punitivas para la prevención y la atención. Es decir, no solamente nos afecta a quienes vivimos ya con el VIH, también a las personas que viven en riesgo de infección”.
Amelia Ojeda Sosa, defensora de los derechos humanos de las mujeres en Yucatán, explicó que el artículo en cuestión establece que una persona declarada culpable puede recibir una condena de hasta tres años de prisión, pero tiene la posibilidad de salir en libertad mediante el pago de una fianza.
“El castigo está en el estigma y que te señalen. Si te denuncian o se presenta una querella, solamente va a proceder cuando sean con niñas o con mujeres. Pero donde está el castigo realmente es en la exposición social que se pueda tener”, dijo.
Sin embargo, las autoridades no se pueden “escudar” en que esto no solamente pasa en Yucatán. Hay otras entidades federativas y naciones donde ocurre lo mismo o tienen una legislación similar.
“No somos los únicos que tenemos este artículo. Estamos criminalizando, más que el VIH o cualquier otra infección de transmisión sexual, el ejercicio de la sexualidad misma, sobre todo en aquellos casos en que, aun en pleno siglo XXI, sigue siendo socialmente inaceptable”, dijo la abogada.
De acuerdo con el reporte epidemiológico de la Semana 37, emitido por la Secretaría de Salud Federal, en Yucatán se tiene el registro de personas con VIH en sus cuatro estados clínicos de la enfermedad: primera etapa: 179 hombres y 22 mujeres. Segunda etapa: 65 hombres y 4 mujeres. Tercera etapa: 81 hombres y 13 mujeres. Cuarta etapa: 21 hombres y 4 mujeres. En total hay 346 varones y 43 mujeres en este 2025.
Texto y foto: Alejandro Ruvalcaba




