El Pleno de la Nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (Scjn) confirmó la decisión del Congreso de Yucatán para que el costo del impuesto predial fuera razonable y no afecte de manera desproporcionada a las personas habitantes de Mérida.
En ese sentido, validó el artículo 46 de la Ley de Hacienda de Mérida que contiene las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones. La Scjn subrayó la necesidad de que cualquier actualización de los costos debe estar debidamente justificada y derivar de mesas de análisis entre el congreso local y municipio para que coincidan con criterios objetivos y equitativos que beneficien a la población en general.
Se trata de la Controversia Constitucional 11/2025, promovida por el municipio de Mérida, en contra de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, demandando la invalidez del artículo 46 de la Ley de Hacienda del mencionado municipio, publicado en el Diario Oficial de esta entidad el 30 de diciembre de 2024, mediante Decreto 29/2024.
En su demanda de Controversia Constitucional, el Ayuntamiento de Mérida, que preside Cecilia Patrón Laviada, argumentó que la decisión del Congreso de Yucatán violaba la autonomía municipal.
En su momento, y a través de un video en redes sociales, Patrón Laviada acusó que la mayoría morenista atentó contra el desarrollo del municipio y de los meridanos.
Sin embargo, también dijo que eso no detendría el trabajo en favor de los habitantes de la capital yucateca, lo que hasta ahora está cumpliendo. Con esto llega a su fin la controversia municipal contra el Congreso de Yucatán, aunque ya se viene la discusión del paquete fiscal del 2026, en donde, como lo pide la Corte, hay que comenzar con las mesas de análisis del impuesto predial.




