Editorial de Peninsular Punto Medio

La Ley 3 de 3 se pone a prueba hoy en Yucatán. Dicen que “cuando el río suena es que lleva agua” y son muchas las voces que se oponen al nombramiento de una persona como magistrado del Poder Judicial, precisamente porque no cumple con los requisitos.

Sin entrar en detalles del personaje cuestionado para no ofender a nadie, vamos a recordar en este espacio lo que prohíbe la Ley 3 de 3.

Fue el pasado 27 de mayo del 2023 que, en sesión ordinaria, la LXIII Legislatura de Yucatán aprobó por unanimidad la Minuta enviada por la Cámara de Diputados federal que contenía el decreto para reformar y adicionar los artículos 38 y 102 de la Constitución Política, para la suspensión de derechos a ocupar un cargo, empleo o comisión del servicio público, mejor conocida como la Ley 3 de 3.

Concretamente prohíbe ocupar cargos de representación popular, ni ser funcionarios públicos a quienes hayan sido sentenciados por violencia familiar, delitos sexuales y a los morosos en el pago de pensiones alimentarias.

Antes, a nivel local, Yucatán ya había aprobado una ley similar, lo que fue ejemplo a nivel nacional.

Ese 27 de mayo, la diputada Carmen González Martín enfatizó que al aprobar el decreto se cerró un ciclo de arduo trabajo que posicionó a Yucatán como el primer estado en aprobar esta Ley.

“Este logro histórico pertenece a las y los yucatecos, continuamos siendo parte de la historia que hoy más que nunca pone a Yucatán a la vanguardia en democracia y enaltecimiento del servicio público”.

Hoy la legisladora González pedirá licencia sin mayor explicación, aunque hay versiones que señalan que lo hace para no participar en la votación. Ya veremos.