El Diario Oficial del Gobierno de Yucatán publicó el decreto 173/2020 por el que se exime del pago del derecho por la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública a la población yucateca.
Este gravamen pretendía ser cobrado por medio de los recibos de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), pero dicha empresa rechazó esa posibilidad.
El texto de la publicación legal a la letra dice: “Se exime del pago del derecho por la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública que se hubiere causado durante el ejercicio fiscal 2020, a los propietarios o poseedores de predios ubicados en el estado de Yucatán por el aprovechamiento del servicio y mantenimiento de la infraestructura tecnológica de seguridad pública, al cual se encuentran obligados como habitantes del estado de Yucatán, en términos del capítulo XXVII del título tercero de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán”.
La medida anunciada por el gobernador Mauricio Vila Dosal de suspender ese impuesto estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020, es decir, sería válida la exención solamente durante este año.
Es oportuno recordar que, en el decreto 155 publicado el ultimo día de 2019 se establece que esta contribución prevista en el capítulo XXVII del título tercero de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán tendrá una vigencia de cinco años, que concluirá el 31 de diciembre de 2024.
Expertos en materia legislativa que fueron consultados señalan que para eliminar de manera definitiva este polémico impuesto se debió enviar al Congreso del Estado una iniciativa de reforma para derogar dicho apartado de la ley hacendaria.
De lo contrario, existe la posibilidad de que en 2021 pueda ser cobrado el derecho por la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública.
Texto y foto: Acom