La Carta Magna mexicana

 

 

 

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es el documento en el que se expresan y reconocen los derechos más importantes de cada uno de los mexicanos. Es la norma jurídica suprema y ninguna ley o precepto puede estar sobre ella.

La Constitución o Carta Magna es la expresión de la soberanía del pueblo y es obra de la Asamblea o Congreso Constituyente, señala el Magistrado Marcos Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

La historia de nuestras Constituciones no sólo se concretan a la Máxima Ley Federal actual, sino que a lo largo del tiempo ha variado, ha sido rica en propuestas, vanguardista, pero sobre todo humanista, establece el doctor en Derecho.

A lo largo de la historia de nuestro país también se han gestado otras constituciones, para ser exacto cuando Yucatán se emancipa de España en 1821, también se gesta un proceso constitucionalista, que toma forma y concreta la primera para el Yucatán independiente en 1824.

De esta manera, otros estados del país también dieron forma antes de aglutinarse políticamente -federal- también constituyeron un proceso de integración, motivados por reivindicar las causas más nobles de los seres humanos, entre ellas la libertad y el derecho a la educación y a la salud, refiere el Magistrado.

De la misma forma, nuestro país ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia. Algunas han sido centralistas, es decir, que establecen el poder en un solo órgano que controla todas las decisiones políticas del país, explica.

“Pero también federalistas, como la actual, que reconocen la soberanía de los estados pero cuentan con mecanismos de coordinación para asuntos de la República como un todo. De ahí que México es una reunión de estados federados, esto es, que forman la federación”, sustenta el letrado.

Las leyes fundamentales emanadas de un Congreso Constituyente en México son:

-Acta constitutiva de la Federación y la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, de 1824.

-Las Siete Leyes Constitucionales, de 1835-1836.

-Bases orgánicas de la República Mexicana de 1843.

-Acta constitutiva y de Reformas , de 1847.

-Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, de 1857.

-Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de 1917.

Nuestra primera Carta Magna

La primera constitución propiamente mexicana es la de 1824, ya que en ella se descarta todo tipo de legislación extranjera y se proclama el ejercicio absoluto de la soberanía y la autodeterminación. Publicada el 2 de octubre por el entonces presidente de la República Guadalupe Victoria, apunta la doctora en Derecho Verónica Acacio Trujillo.

“Previamente a nuestra primera Carta Magna nacional, ya se habían presentado otros intentos, pero no se concretaron debido a la lucha independentista mexicana, es el caso del primer constituyente, formalizado en Oaxaca en 1813 por José María Morelos y Pavón y donde expresa su condición de emancipación de España, pero formaliza la idea de una nación dividida en tres poderes, el legislativo, el ejecutivo y el judicial, que se vierten en el documento Sentimientos de la Nación”, establece.

-También es importante establecer como antecedentes a este hecho, agregó, que se considera a la Constitución de Cadiz, firmada el 19 de febrero de 1812, en Cadiz, España, como básica para nuestro documento magno, donde se establece la libertad de todos los españoles, incluyendo los territorios de la Nueva España, entonces México.

-La Constitución de 1824 estaba conformada por 7 títulos y 171 artículos, fue basada en la Constitución de Cadiz para las cuestiones americanas, en la Carta Constitucional de los Estados Unidos de Norteamérica para la fórmula de representación y organización federal, en esta Constituión México se aboca a abolir la monarquía y se concreta el derecho republicano, adujo.

“Con este documento se implantó el sistema de federalismo en una república representativa popular, la cual estaba integrada por diecinueve estados, cuatro territorios dependientes del centro y el Distrito Federal. La Constitución de 1824 no contempló expresamente los derechos ciudadanos. El derecho de igualdad de los ciudadanos quedó restringido por la permanencia del fuero militar y eclesiástico”.

La Constitución de 1857

Luego del triunfo del movimiento militar de Ayutla, Juan N. Álvarez fue designado presidente interino de México y ocupó este puesto del 4 de octubre al 11 de diciembre de 1855. Su gestión, aunque muy breve, fue importantísima para el desarrollo ulterior de los acontecimientos, ya que inició de hecho la reforma liberal, explicó el Magistrado Celis Quintal.

-Durante su gestión se presentó la convocatoria para un nuevo Congreso Constituyente el cual debería iniciar sus actividades en febrero de 1856. Ahí, se dio a conocer la famosa Ley Juárez o Ley de Administración de Justicia y Orgánica de los Tribunales de la Nación del Distrito Federal y Territorios, la cual suprimió todos los tribunales especiales, menos los eclesiásticos y militares, que cesarían en adelante de conocer de los delitos civiles, destacó el docente.

La postura radical del gobierno de Álvarez no agradó a todos aquellos que vieron en las reformas una amenaza a sus intereses. La presión al gobierno se desató las circunstancias obligaron al presidente a renunciar. Fue sustituido por Ignacio Comonfort, quien de inmediato trató en vano de matizar el empuje liberal.

-Mientras el Congreso deliberada sobre los artículos que debían tener la Constitución, Comofort gobernó bajo las bases del Estatuto Orgánico Provisional de tono moderado en sus principios. No obstante, el ímpetu reformista siguió su marcha. El 26 de abril de 1856 se promulgó un decreto que suprimió la coacción civil para el cumplimiento de los votos monásticos y más adelante se acabó con la obligatoriedad del pago de diezmo.

-El 28 de diciembre de 1855 se dio la Ley Lafragua que concedía de nueva cuenta la libertad de imprenta, suprimida por la Ley Lares que emitió el gobierno santannista . El 25 de junio de 1856 se conoció la Ley Lerdo o Ley de Desamortización de Fincas Rústicas y Urbanas Propiedad de las Corporaciones Civiles y Religiosas. Ambas serían discutidas dentro del Congreso y ratificadas y aprobadas en todas sus partes para incorporarse al texto constitucional del 1857 -apuntó.

-El Congreso inició sus sesiones el 18 de febrero de 1856. Las sesiones del Congreso se llevaron a cabo desde el 4 de febrero de 1856. El 16 de junio de 1857 se presentó en Cámara el proyecto de Constitución elaborado por Ponciano Arriaga, León Guzmán, Mariano Yáñez, José María de Castillo, José María de Castillo Velasco, José María Mota y Pedro Escudero y Echánove -comentó.

-Tras su discusión, la Constitución de 1857 quedó integrada por 8 títulos y 120 artículos que garantizaba los derechos del hombre; la soberanía nacional; dividía los poderes de la nación en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, donde se depositaba el Poder Legislativo en el Congreso de la Unión que sería constituido por una sola cámara, la de diputados; el Poder Judicial se integraría por tres departamentos: la Suprema Corte de Justicia y los tribunales de circuito y de distrito -manifestó.

-Esta Constitución fijaría la posibilidad de reformas posteriores en beneficio del bien común y como medidas de adecuación a la realidad imperante. La Constitución de 1857 se convirtió en la máxima ley que regiría sobre los destinos del país; ninguna otra ley podría estar por encima de ella.

La Constitución de 1917

La actual Constitución es una aportación de la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo universal, dado que fue la primera constitución de la historia en incluir los derechos sociales, 12 dos años antes que la Constitución de Weimar de 1919, estableció la Magistrada Acacio Trujillo.

-La Constitución fue promulgada por el Congreso Constituyente el 5 de febrero de 1917 y entró en vigor el 1 de mayo del mismo año. Aunque la Constitución es formalmente la misma, su contenido ha sido reformado en 532 ocasiones y es muy diferente al original de 1917.

Entre los cambios respecto de la Constitución de 1857, se encuentran la eliminación de la reelección del presidente de la República y el cargo de vicepresidente. Cuenta con 136 artículos y 19 artículos transitorios.

El 1 de diciembre del mismo año, el Congreso Constituyente abrió sesiones en el Teatro Iturbide, en la ciudad de Santiago de Querétaro. El Constituyente contó con diputados de todos los estados y territorios federales del país, con excepción de Campeche y Quintana Roo.

Estuvieron representadas ahí diversas fuerzas políticas: los carrancistas o “renovadores”, los protagonistas o “radicales” y también los independientes. El 31 de enero de 1917, tras dos meses de debates el Constituyente cerró sesiones.

El 5 de febrero es promulgada la nueva Constitución con el nombre Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la del 5 de febrero de 1857, que entraría en vigor el 1 de mayo del mismo año. Ese mismo día fue publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Debido a que inicialmente la intención fue reformar la Constitución vigente, la nueva Constitución tomó como base fundamental los ordenamientos de la de 1857, especialmente lo referente a los derechos humanos, aunque ya no los menciona como tales, sino que alude a las “garantías individuales”; también agrego varios puntos del Programa del Partido Liberal Mexicano de 1906 y muchos más cambios para ajustarse a la nueva realidad social del país. Finalmente el proyecto de reformar la Constitución del 57 derivó en una nueva Constitución vigente en nuestro país.

 

José Cortazar Navarrete

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