El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación puede emitir sentencias y afectar el registro de candidaturas, elección de dirigentes y representación legislativa
Los partidos de PAN, PRI, PRD y Morena se unen al proyecto para reducir las facultades del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), el cual actualmente puede emitir sentencias a partir de interpretaciones de la Constitución, afectando las decisiones de los partidos sobre el registro de candidaturas, elección de dirigentes y representación legislativa.
La reforma constitucional, que será discutida en la Cámara de Diputados pretende modificar los artículos 41, 73, 99 y 105 de la Constitución. De ser aprobada, será remitida el Senado para que entre en vigor para el proceso electoral de 2024
El documento plantea que el Tribunal Electoral emitiría sus sentencias limitándose a lo que se establezca literalmente en la Constitución y las leyes electorales, y no podrá interpretarlas. Asimismo, quedaría sin facultades para resolver casos de las Cámaras del Congreso.
“Los actos y demás determinaciones de las Cámaras en ejercicio de sus facultades exclusivas, las decisiones de sus órganos de gobierno y las que correspondan a sus regímenes interiores quedan excluidas de la jurisdicción del Tribunal”, se lee en el proyecto de dictamen.
Los partidos proponen agregar al artículo 99 que estas facultades serán de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Scjn) de manera exclusiva.
Estos cambios impedirían al Tepjf realizar interpretaciones de las disposiciones constitucionales, a partir de las cuales, se logró obligar a los partidos a postular a sus candidatos empleando la paridad de género, resultado que hoy está presente en el marco jurídico, en el artículo 41 de la Constitución, y que se busca modificar.
A este artículo se propone añadir que “los partidos políticos, en ejercicio de su autodeterminación y auto organización, establecerán en sus normas estatutarias las reglas para la designación de sus dirigencias, así como las reglas para garantizar el principio de paridad de género en la integración de sus órganos colegiados”.
“Conocer sólo de cuestiones reguladas por leyes electorales implica que los derechos humanos no contemplados en esas leyes, no podrán ya ser protegidos por el tribunal, son un montón, respecto de actos específicos y resoluciones, y eso significa crear vacíos de control constitucional. ¿A quién le conviene que la Constitución no se controle? A nadie”, sostuvo el magistrado del Tepjf, Felipe de la Mata Pizaña.
De igual manera, calificó como grave esta propuesta, pues beneficiaría a los “poderosos“. Estas interpretaciones también han generado acciones afirmativas, obligando a los partidos a registrar candidatos que pertenezcan a minorías, como personas de la diversidad sexual, indígenas, migrantes y de la comunidad afromexicana.
Texto y foto: Agencias