¿Qué necesita un presidente para ya no hacer uso del Estado Mayor?

Andrés Manuel López Obrador ha aseguradoque el Estado Mayor Presidencial no estará a cargo de su seguridad. ¿Qué se requiere para lograrlo?

Para que la seguridad del próximo presidente de México no esté a cargo del Estado Mayor Presidencial (EMP), el Congreso debe modificar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley del Ejército y Fuerza Aérea, lo cual puede ocurrir antes de que concluya el mandato de Enrique Peña Nieto.

El virtual ganador de los comicios presidenciales, Andrés Manuel López Obrador, reiteró que no aceptará la seguridad del Estado Mayor, aunque éste “no va a desaparecer”, sino que solo se incorporará “por completo” a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

“Los ciudadanos me van a cuidar y me van a proteger, y los medios van a actuar con orden para que de esta manera no esté yo rodeado de guardaespaldas”, aseveró.

En términos jurídicos, administrativamente el Estado Mayor Presidencial ya pertenece a la Sedena, aunque debido a sus funciones este cuerpo es controlado por la presidencia.
De acuerdo con el artículo 15 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, el EMP es un órgano técnico militar que auxilia al presidente de la República en la obtención de información general, planifica sus actividades, y le proporciona seguridad a él y a su familia.

Además desarrolla otras funciones de igual importancia como proteger a los jefes de Estado y de gobierno que visitan nuestro país. Asimismo, lleva a cabo labores de inteligencia y contrainteligencia; resguarda los inmuebles donde reside y trabaja el titular del Ejecutivo federal; y otorga seguridad a los expresidentes mexicanos.

Todas estas tareas tienen como objetivo proteger a quien representa al Estado mexicano, pues cualquier incidente o afectación en su contra puede alterar la estabilidad y seguridad nacional.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD

Si bien las facultades del Estado Mayor Presidencial no se encuentran contenidas en la Constitución, sino en normas secundarias, para que López Obrador, ya como presidente, pueda prescindir de este tipo de seguridad es necesario que así lo estipule la ley.

Este es el principio de legalidad que rige a todos los servidores públicos, quienes solo pueden hacer lo que la ley les faculta, a diferencia de los ciudadanos comunes que pueden hacer todo lo que la ley no prohíba.

Por ende, la actual legislatura federal, o la próxima que iniciará el 1 de septiembre, debe reformar las normas actuales para que el mandatario entrante disponga de una seguridad distinta a la que proporciona el Estado Mayor Presidencial.

De hecho, en estos cambios se deberá contemplar si este cuerpo también dejará de proteger a los expresidentes y a los jefes de Estado visitantes. Los legisladores también deben definir qué tipo de seguridad tendrán recintos como Palacio Nacional, así como los lugares –fuera de la capital del país- que visitará el próximo presidente.

PREPARACIÓN ESPECIAL

El Estado Mayor Presidencial también es el encargado de operar la flota aérea en la que se transporta el jefe del Ejecutivo, lo cual –a decir de Andrés Manuel López Obrador- ya no será necesario, pues piensa viajar en aerolíneas comerciales, o en su caso, por tierra.

De igual forma, el EMP es el responsable del apoyo logístico de los eventos y giras presidenciales, lo que incluye desde aspectos protocolarios hasta la instalación de equipos de sonido, además de prestar servicios de atención médica y hospitalización si llegaran a necesitarse.

Los miembros de este cuerpo militar pertenecen al Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada de México, pero debido a las actividades que realizan, además de la formación castrense, deben contar –táctica y técnicamente- con una preparación especial.

Según información de la presidencia, actualmente el EMP tiene 2,021 efectivos, de los cuales 82% son miembros del Ejército, 9% pertenecen a la Armada, 9% son de la Fuerza Aérea, y 383 son civiles. El 16% del total son mujeres. A estos elementos se suman las Guardias Presidenciales, haciendo un total de 6,026 efectivos.

EL ANDAMIAJE INSTITUCIONAL DEL ESTADO MAYOR

De acuerdo con los artículos 5 y 6 del Reglamento del Estado Mayor Presidencial, su organización interna es la siguiente: Tiene una jefatura, a cargo del general de brigada Roberto Miranda Moreno, quien se apoya en tres subjefaturas especializadas en seguridad, logística y temas administrativos.

Además cuenta con una contraloría, diez secciones, una ayudantía, cinco coordinaciones, dos unidades, un centro hospitalario, y un centro de adiestramiento y capacitación.
Las secciones se encargan de diez labores específicas:

Sección primera: Recursos Humanos.
Sección segunda: Inteligencia y Contrainteligencia.
Sección tercera: Organización y Protocolo.
Sección cuarta: Logística.
Sección quinta: Seguridad.Sección sexta: Eventos de la esposa del presidente.
Sección séptima: Protección de personas.
Sección octava: Protección personal del presidente.
Sección novena: Seguridad de instalaciones.
Sección de Transmisiones.
Las cinco coordinaciones y las dos unidades son:
*Coordinación general de *Transportes aéreos presidenciales.
*Coordinación Administrativa.
*Coordinación de Mantenimiento.
*Coordinación de Promoción Deportiva.
*Coordinación de Promoción Social.
*Unidad de Asuntos Jurídicos.
*Unidad de Informática.

A esta estructura se le añaden el cuerpo de Guardias Presidenciales, el batallón de infantería de Marina de Guardias Presidenciales, y el grupo aéreo de Transportes Presidenciales.

Este es todo el andamiaje institucional que debe ser reformulado en la legislación, a fin de que el próximo mandatario deje de recibir los servicios que presta el Estado Mayor Presidencial, un cuerpo de élite que funciona como tal desde 1942, aunque sus antecedentes se remontan a los inicios de la Independencia Mexicana, cuando Agustín de Iturbide habilitó un Estado Mayor para su protección.

Texto: Surya Palacios
Fotos: Cortesía

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