La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México declaró este lunes la inconstitucionalidad de la prisión vitalicia, al considerar que viola los derechos humanos y principios constitucionales como la reinserción social y la proporcionalidad de las penas.
Por mayoría de votos, el Pleno del máximo tribunal determinó que el artículo 127, segundo párrafo, del Código Penal del estado de Chihuahua, norte del país, que impone prisión vitalicia por homicidio doloso de tres o más personas, “es incompatible con la Constitución mexicana y tratados internacionales”.
El ministro ponente Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, precisó al pleno de juzgadores que, pese a la declaratoria de invalidez de la sanción de prisión vitalicia se considera que no es conducente otorgar un amparo que pudiera tener como efecto incidental dejar completamente impune el delito por el cual el quejoso ha sido condenado, pues ese remedio tampoco tendría sustento en el orden constitucional.
Por lo tanto, propuso que la autoridad responsable cuenta con la discrecionalidad para analizar nuevamente la pena legalmente aplicable y realizar un ejercicio de individualización de esta, a la luz de los hechos acreditados en el caso concreto.
Para ello pidió considerar el rango de “punibilidad aplicable”, descartando cualquier posibilidad de que se imponga una pena materialmente igual o más aflictiva de la que se está invalidando.
El fallo marca un precedente clave al invalidar un criterio de 2006 que avalaba la prisión vitalicia, señalando que las reformas constitucionales en derechos humanos han transformado el paradigma punitivo en México, al tiempo que se reafirmó un sistema de justicia que priorice la dignidad humana y la reinserción social.