Este artículo constituye una forma de presentación de la Bandera Nacional y es emblema del Poder Ejecutivo Federal, mismo que le será entregado a López Obrador en la Cámara de Diputados
Durante su toma de protesta este sábado, Andrés Manuel López Obrador recibirá de manos del presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Porfirio Muñoz Ledo, la Banda Presidencial, que a su vez recibirá del titular del Ejecutivo federal saliente Enrique Peña Nieto. Se trata del símbolo de autoridad y continuidad con la que el tabasqueño será investido como parte de la ceremonia de cambio de mando.
El 27 de noviembre, el Pleno del Senado aprobó por 112 votos a uno, las reformas al artículo 34 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, para que se cambie el orden de los colores, destacando el verde en la parte superior y se recupere el uso histórico de 17 sexenios, desde Plutarco Elías Calles en 1924, y hasta el 2010.
Si se toma en cuenta que el artículo 3 de la referida ley establece que “la Bandera Nacional consiste en un rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los colores en el siguiente orden a partir del asta: verde, blanco y rojo”, y que al portarla el presidente, semeja envolverse con ella, entonces se estaría contradiciendo a la ley con esta reforma que establece que la Banda llevará los colores verde arriba, blanco en medio y rojo abajo, la confusión al parecer es cuestión de la perspectiva con que se mire.
“Sin embargo, se considera que por congruencia normativa y por así corresponder a su historia debe establecerse el color verde en la parte superior”, señala el dictamen, con lo que se regresará al orden en los colores que se utilizaron con anterioridad al sexenio de Calderón, que fue quien hizo la modificación que se mantuvo con Peña Nieto.
Ante las dudas que se han generado en torno al orden de los colores de las franjas que debe tener la Banda, en concordancia al orden que guarda la Bandera Nacional, y que se mantienen hasta el momento, pero que serán nuevamente restituidas a su forma original este primero de diciembre, habría que sumar la modificación que Andrés Manuel López Obrador portó con el “Águila Juarista” al inicio del sexenio pasado cuando se nombró como “presidente legítimo”, y proclamó una nueva república.
De acuerdo con el Artículo 34 constitucional, la Banda Presidencial representa la bandera mexicana y es emblema del Poder Ejecutivo Federal, hecho por el cual solo debe ser usada por el presidente de la República, quien la porta sobre el pecho de manera transversal desde el hombro derecho al costado izquierdo.
Se trata de una banda de tela formada por tres franjas de los colores de la bandera, con el escudo nacional bordado a mano con hilo bañado en oro de 14 kilates, canutillo de oro, ubicada en el centro por encima de las franjas, y con un remate de flecos dorados.
El Artículo 35 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, establece que el presidente de México debe portar la Banda en ceremonias oficiales de mayor solemnidad, por lo que es su obligación llevarla:
-En la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
-Durante el Informe de Gobierno anual.
-En la conmemoración del Día de la Independencia, el 15 de septiembre, es decir, durante el grito en Palacio Nacional.
-Al recibir las cartas credenciales de los embajadores y ministros internacionales acreditados por el Gobierno.
La ley establece también cómo se debe usar, ya que dice, se deberá colocar “del hombro derecho al costado izquierdo, debajo del saco y unida a nivel de la cintura”. En la transmisión de poderes, los dos presidentes (entrante y saliente) la deben ocupar totalmente descubierta.
Texto: Manuel Pool Moguel