Tribunal Electoral local avala candidaturas impugnadas

La candidatura del priista Gaspar Quintal Parra en la lista plurinominal al Congreso del Estado fue validada ayer por el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), junto a otras del partido Movimiento Ciudadano (MC) y el PAN.

Una ciudadana, Geny Aracely Dzib Ku, interpuso la queja, pues argumentó que el tricolor debía postular a una mujer en primer lugar en la lista, pero el TEEY descartó la queja, pues se argumentó que no tiene fundamentos.

Al respecto, la magistrada presidenta Lissette Guadalupe Cetz Canché, quien estuvo a cargo de  la ponencia, consideró que los agravios son infundados, porque la autoridad responsable, al emitir el acuerdo, verificó que no se violentó la alternancia y paridad de género en relación a las diputaciones postuladas por dicho partido.

En ese sentido, explicó que en la lista de candidaturas a diputaciones locales de mayoría, el PRI postuló a más mujeres en los distritos, por lo que en la lista plurinominal podría ser encabezado por una mujer, más no es obligatorio, sino potestativo.

“Resulta evidente que la quejosa parte de una premisa incorrecta de los alcances del mandato constitucional de paridad de género, puesto que si en el conjunto de las diputaciones de mayoría relativa por dicho partido son mujeres, se entiende que en relación a la de representación proporcional es una potestad de los partidos políticos designar un género u otro”, agregó.

En otro juicio, se validó el registro de Shirley Zazil Álvarez Escobar como representante de la comunidad indígena en Valladolid por parte del PAN.

Además, se validó la doble candidatura de Javier Osante Solís, que fue postulado de manera simultánea por MC para una candidatura por mayoría relativa y otra por representación proporcional, por lo que está asegurando un escaño en la integración del Congreso del Estado, limitando el acceso de otros participantes.

En este caso, el magistrado Fernando Bolio Vales indicó que los agravios que hace valer la parte actora devienen infundados, toda vez que el demandado no viola ningún precepto constitucional ni legal, pues su pretensión no fue la postulación a cargos distintos.

Texto y foto: Esteban Cruz