El Consejero Presidente del órgano electoral, Lorenzo Córdova Vianello, afirma que con esta resolución del Poder Judicial se hace un acto de justicia
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) declaró inaplicable el artículo transitorio del Plan B de Reforma Electoral que ordenaba el cese del secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), Edmundo Jacobo.
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral restableció el pasado 13 de marzo a Edmundo Jacobo Molina como secretario ejecutivo, después de que un juzgado de distrito en materia administrativa otorgó una suspensión definitiva en el juicio de amparo promovido por el funcionario tras su remoción.
Dicho juicio de amparo fue promovido por Jacobo Molina en contra de actos de la Cámara de Diputados y de otras autoridades por considerarlos violatorios de derechos fundamentales previstos en diversos artículos de la Constitución.
El Juzgado concedió la suspensión definitiva al funcionario del INE para que “se mantengan las cosas en el estado en el que se encontraban antes de la emisión y publicación” del decreto de reforma electoral en el Diario Oficial de la Federación el pasado 2 de marzo.
Es decir, para que continúe en el cargo que ostenta como titular de la Secretaría Ejecutiva del INE, “así como para que las autoridades responsables se abstengan de cesarlo o destituirlo de sus funciones con motivo de la publicación de la norma reclamada”. Ello, hasta que se resolviera el fondo del asunto.
El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, afirmó que con esta resolución del Poder Judicial “se hace un acto de justicia que restituye en sus funciones a un funcionario probo, honesto y comprometido a quien el sistema electoral y la democracia le deben mucho”, además de que abona a salvaguardar la autonomía y la independencia del Instituto.
INE y SRE en lucha por el control del padrón electoral
Desde 2005, México habilitó el derecho de los mexicanos a votar desde el exterior, aunque lo hizo casi una década después de que la Constitución reconociera ese derecho. Sin embargo, con la entrada en vigor del “Plan B” de la reforma electoral, ese derecho podría verse afectado dado que ahora el Listado Nominal de mexicanos residentes en el exterior deberá ser avalado por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
Es decir, por primera vez desde que en 1996 el Instituto Nacional Electoral (INE) es autónomo, se permitirá a una oficina del gobierno, a cargo de la Presidencia de la República, tener el control del padrón electoral, advierten los consejeros Ciro Murayama y Dania Ravel.
“El ‘Plan B’ quiere que sea el gobierno el que avale quienes pueden votar desde el exterior y no el INE. Si ello ocurre, las elecciones limpias están en riesgo”, asegura Murayama Rendón.
“Este ‘Plan B’ presenta dos modificaciones sustanciales que, desde mi perspectiva, afectan el voto de la ciudadanía residente en el extranjero. Primero, que pueden registrarse a votar con pasaporte, con matrícula consular y segundo, da un rol inadecuado a la SRE”, dijo Cuevas.
Texto y foto: Agencias