Yucatán logra viraje, tras sorpresivamente figurar en muerte materna y violencia obstétrica

De acuerdo a la asociación civil Impunidad cero, Yucatán redujo notoriamente y salió de los estados que ocupan los primeros lugares con más alta razón de muerte materna, ya que en los últimos 10 años Oaxaca, Guerrero, Nayarit y Chiapas lo ocuparon.

En realidad únicamente sólo en 2018, la entidad ocupó la cuarta posición con 52.65 y afortunadamente ya no volvió a figurar.

Los altos niveles de muertes maternas en México son motivo de preocupación. En el año 2000, México se comprometió con los Objetivos de Desarrollo del Milenio a reducir la razón de muerte materna (rmm) nacional a 22.3 para el año 2015. A pesar de que en la primera mitad de la década pasada hubo una disminución de la rmm nacional, para 2015 la cifra fue de 34.6, lejos de lograr el objetivo establecido. Hacia finales de la década (2018), la incidencia de muerte materna fue de 33.9, una cifra muy semejante a la de 2015.

Resulta aún más preocupante que, en 2020, la rmm repuntara a 46.6 defunciones por cada 100 mil nacimientos estimados. Este incremento aleja todavía más al Estado mexicano del compromiso, derivado de la Declaración de Nairobi, de lograr cero muertes maternas prevenibles en 2030.67.

El aumento de muertes maternas en México durante la pandemia ha acentuado las grandes desigualdades persistentes en el país. Es posible que a los problemas derivados de las fallas estructurales del Sistema Nacional de Salud se hayan sumado efectos relacionados con la pandemia de Covid-19. A través de la publicación de los Informes Semanales para la Vigilancia Epidemiológica de Muertes Maternas, ha sido posible advertir el notable incremento en la rmm durante la pandemia, con la Covid-19 como la primera causa de defunción. En enero de 2021, la rmm fue de 80.5.

Este incremento “se traduce en una regresión respecto a la tendencia precedente: mientras que la rmm calculada hasta la semana epidemiológica 16 de 2021 es de 50.8, la rmm registrada para el año 2010 es de 51.5. Por otro lado, la rmm en la semana epidemiológica 16 de 2021 representa un aumento de 72 por ciento respecto a la misma semana del año 2020”.

La violencia obstétrica y la muerte materna afectan de manera particular a quienes ya viven en condiciones de vulnerabilidad, como las mujeres indígenas y las personas que no cuentan con seguridad social. La situación se agrava por el hecho de que este incremento se ha traducido en una regresión de cerca de una década; es decir, ahora México se encuentra en una situación similar a la que estaba hace diez años.

La violencia obstétrica es una forma específica de violencia contra las mujeres y otras personas con capacidad de gestar que constituye una violación de derechos humanos. Esta violencia se genera en el ámbito de la atención obstétrica en los servicios de salud públicos y privados, y consiste en cualquier acción u omisión por parte del personal del Sistema Nacional de Salud que cause un daño físico o psicológico durante el embarazo, parto y puerperio, que se exprese en la falta de acceso a servicios de salud reproductiva, un trato cruel, inhumano o degradante, o un abuso de medicalización, menoscabando la capacidad de decidir de manera libre e informada sobre dichos procesos reproductivos.

Por su parte, la muerte materna es aquella que ocurre durante el embarazo, parto o puerperio por cualquier causa relacionada o agravada por estas condiciones o su manejo, a excepción de las causas accidentales. Su carácter estructural y prevenible convierte a la muerte materna en una violación de derechos humanos que es responsabilidad del Estado.

La violencia obstétrica y las muertes maternas prevenibles en México guardan una estrecha relación con las deficiencias estructurales que aquejan al Sistema Nacional de Salud y que constituyen un obstáculo para la atención médica de las mujeres y personas con capacidad de gestar durante el embarazo, parto y puerperio.

Las deficiencias en la atención de la salud obstétrica tienen efectos diferenciados en ciertas poblaciones, sobre todo en el caso de poblaciones indígenas, personas con discapacidad y personas con rezago social y económico. Por este motivo, no solo constituyen un asunto de igualdad de género y derechos humanos, sino de justicia reproductiva.

Como se adelantó, el derecho penal no constituye una vía para solucionar problemas sociales. Pese a ello, hasta el momento, los códigos penales de los estados de Aguascalientes, Chiapas, México, Guerrero, Quintana Roo, Yucatán y Veracruz han tipificado la violencia obstétrica como una “medida de solución”.

TEXTO: DARWIN AIL