Clausuran el proyecto Xibalbá por daños al medio ambiente y la zona

Los desarrolladores realizan obras no autorizadas por la Semarnat, entre las que se cuentan la modificación de paredes y apertura de túneles en cenotes

El  pasado miércoles 13 de octubre, personal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) se apersonó a las instalaciones en construcción del Parque Ecoturístico Xibalbá para hacer la correspondiente  clausura temporal, debido a que los desarrolladores realizaron obras no autorizadas por la Semarnat, entre las que se cuentan la modificación de paredes y apertura de túneles en cenotes.

De acuerdo a la información de Grupo Muro Noticias, la gestoría ambiental Biocenosis A.C. no presentó ante la Semarnat en Yucatán, los datos de obras complementarias y no contempladas en los resolutivos de los proyectos denominados “Desarrollo Ecoturístico Xibalbá” y “Caminos complementarios para el acceso y operación del Desarrollo Ecoturístico Xibalbá” sometidos a evaluación en materia de impacto ambiental ante la delegación en Yucatán de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, dichos resolutivos están fechados en diciembre de 2016 y octubre de 2020 respectivamente, y corresponden únicamente a aspectos relacionados con el cambio de uso de suelo de los proyectos antes mencionados.

Entre las obras y acciones no autorizadas por la instancia federal ambiental que se realizaron en el terreno ubicado en una comisaría perteneciente al Municipio de Valladolid, los efectivos federales pudieron constatar la ejecución de excavaciones en la laja calcárea hechas con hasta cerca de 20 metros de profundidad en donde se alcanzó el manto freático en varios puntos del terreno.

El daño causado va más allá, debido a que también se localizaron afectaciones directas a cuerpos de agua subterránea (cenotes) en donde se pueden observar modificaciones en paredes, apertura de canales de navegación, túneles, así como la edificación de andadores y escaleras de cemento y material pétreo que llegan hasta el nivel del cuerpo de agua, estas alteraciones al entorno natural incluyen habilitación de rutas subterráneas dañando de forma irreversible a los cenotes localizados en la zona.

Cabe hacer mención que este tipo de obras no fueron incluidas en las manifestaciones de impacto ambiental sometidas a evaluación ante la Semarnat y por ende no se encuentran autorizadas en los resolutivos ambientales correspondientes.

La clausura temporal se dio en seguimiento a la visita realizada por los inspectores federales el pasado 29 de septiembre, en donde pudieron acreditar la realización arbitraria de obras y acciones no contempladas en los resolutivos ambientales emitidos para dichos proyectos por parte de la autoridad federal correspondiente.

Estas acciones de manipulación libre del entorno natural son catalogadas como delito ambiental conforme a lo estipulado en el Código Penal Federal en su artículo 420 Quater en las fracciones II y IV, en donde claramente se establece que será motivo de delito ambiental quién: 

Fracción II.- Asiente datos falsos de los registros, bitácoras o cualquier otro documento utilizado con el propósito de simular el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normatividad ambiental federal y fracción

Fracción IV.- Prestando sus servicios como auditor técnico, especialista o perito o especialista en materia de impacto ambiental, forestal, en vida silvestre, pesca u otra materia ambiental faltare a la verdad provocando que se cause un daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua o al ambiente. La clausura ejecutada por la Profepa al proyecto antes mencionado, deberá seguir el procedimiento de ley acorde a las violaciones cometidas a la normatividad federal vigente en la materia.

Texto: Manuel Pool

Foto: Archivo

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