CIUDAD DE MÉXICO.-La Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados aprobó reformas para incluir en la Ley Federal del Trabajo el concepto de acoso laboral o “mobbing”, a fin de que sea considerado como una violación a los derechos de los trabajadores.
La propuesta, que reforma distintos ordenamientos de la leyes Federal del Trabajo y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, precisa que se entenderá como acoso laboral todo acto o comportamiento de violencia verbal, física o psicológica.
Asimismo, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la discriminación y la explotación, así como amedrentar emocional o intelectualmente.
De igual forma, atentar contra la autoestima, salud, integridad, libertad o seguridad de las o los trabajadores, de manera evidente o discreta, realizado por cualquier persona de superior, inferior o igual jerarquía.
De acuerdo con las reformas, será causa de rescisión de la relación laboral, sin responsabilidad para el patrón, el cometer acoso laboral contra cualquier persona en el establecimiento o centro laboral.
En tanto, será sin responsabilidad para el trabajador cuando el responsable del acto sea el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes.
Enfatiza que quedará prohibido a los patrones o a sus representantes permitir o tolerar actos de acoso laboral en el sitio de trabajo, además de que se les impondrá una multa que va de 250 a cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización.
El dictamen señala que, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el acoso laboral es “cualquier incidente en el cual una persona es abusada, maltratada en circunstancias relacionadas con su trabajo.–Excélsior