El Papa simplifica la anulación del matrimonio

El papa Francisco reformó radicalmente el proceso para la nulidad matrimonial en la iglesia católica, permitiendo resoluciones rápidas y eliminando la apelación automática en un intento por acelerar y simplificar el procedimiento.

Francisco emitió una nueva norma el martes para regular el modo en que todos los obispos del mundo determinarán cuando un fallo fundamental invalida una unión. Los católicos deben obtener la nulidad eclesiástica si quieren volver a casarse por la iglesia. Pero el proceso de nulidad era criticado por ser complicado, caro y estar fuera del alcance de muchos católicos.

Esta importante reforma incluye un nuevo procedimiento más rápido, gestionado por el propio obispo, que se puede utilizar cuando ambos cónyuges solicitan el trámite. También es válido para cuando hay pruebas que descartan la necesidad de realizar una investigación más amplia.

El papa constató la existencia “del enorme número de fieles que, incluso deseando proveer a la propia conciencia, muy a menudo se mantienen distantes de las estructuras jerárquicas de la Iglesia a causa de la distancia física y moral”. Por eso estableció la necesidad de “procesos más rápidos y accesibles”, para evitar que “el corazón de los fieles que esperan la aclaración del propio estado no sea largamente oprimido por las tinieblas de la duda”.

Entre las innovaciones más importantes destaca la abolición de la llamada “doble sentencia conforme”, establecida por el Papa Benedicto XIV en 1741. Una sola sentencia Según el proceso anterior, después de una sentencia de constatación de nulidad era necesario que un segundo juez analizase todos los documentos para dar su propio veredicto antes que los cónyuges quedasen libres del vínculo sacramental.

A partir de ahora será necesario una sola sentencia para alcanzar la “nulidad ejecutiva”. Para constatar esto se establecerá un juez único, siempre clérigo, que actuará bajo la responsabilidad del obispo de cada diócesis.

Además se introducirá el llamado “proceso breve”, que aplicará “en los casos en los cuales la nulidad del matrimonio es sostenida por argumentos particularmente evidentes”, por ejemplo cuando la solicitud ha sido avanzada por los dos cónyuges o con el consenso del otro. Procesos gratis También se subraya la gratuidad de los procedimientos “porque la Iglesia, mostrándose a los fieles madre generosa, en una materia tan estrictamente ligada a la salvación de las almas, manifiesta el amor gratuito de Cristo por el cual todos hemos sido salvados”.

Otra novedad es que la responsabilidad transferida a los obispos de cada diócesis, que deben fungir como jueces en muchos casos. Y los arzobispos, cabezas de Iglesias metropolitanas, serán los primeros en recibir las apelaciones de los casos. Todos estos cambios fueron incluidos por el Papa en los decretos (fechados el 15 de agosto), los cuales surgieron del trabajo de una comisión especial para la materia constituida por Francisco en agosto de 2014.- 20Minutos

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