La justicia para menores desde otra perspectiva: Santiago Altamirano

El magistrado Santiago Altamirano señala que el descuido en el cuidado y el amor a los jóvenes son factores que influyen para que participen en delitos

El descuido en el cuidado y el amor que se le debe transmitir a los hijos el hogar, y la pérdida de valores son dos de los factores principales por los que el adolescente decide participar en conductas delictivas, dijo el magistrado presidente de la Sala Unitaria Especializada en Justicia para adolescentes del Tribunal Superior de Justicia, Santiago Altamirano Escalante, quien recalcó que la pobreza no debe ser motivo para delinquir.

¿Cuál es el panorama en Yucatán en cuanto a la incidencia de delitos por parte de los menores y adolescentes?

-De acuerdo a los números y las cantidades que han estado arribando al ámbito del poder judicial en las dos instancias, es decir con los jueces y en la sala especializada, aún podemos decir que mantenemos una cantidad que no se ha desbordado en razón de que los números así se han mantenido. Venimos arrastrando un control relacionado con el comportamiento que está relacionado con varios factores.

¿La familia es uno de esos factores de control?

-Es el primero y más importante, en los aspectos a considerar se encuentran las reglas en casa y la ocupación que tiene el joven que abarca su educación y preparación académica, y el otro aspecto es el relacionado con las emociones, es decir los sentimientos que debe transmitir el adolescente en casa y los sentimientos que se le deben de transmitir al adolescente en casa.

¿Cuál sería la palabra más coloquial para explicar mejor esta situación?

-El amor que se le debe transmitir a los hijos y los valores son los aspectos que han motivado en virtud del descuido la participación del adolescente en la decisión de conductas. Para esto influye el aspecto patrimonial y las cosas que en casa se descuidan.

¿Cuáles son los delitos en los que más participan los adolescentes?

-Sigue siendo en el ámbito patrimonial, es decir, aquellos aspectos que conocemos como el robo en distintas modalidades, ahora bien ese es el principal motivo es decir, las razones en las que se encuadra la conducta, pero tendríamos que hablar de los motivos que hacen que se tome esa decisión y que de acuerdo a las estadísticas que llevamos siguen siendo desde hace cinco años los mismos.

¿Se incluye la pobreza?

-La pobreza no es motivo para delinquir.

¿Y cuál es el papel que tiene la pandemia en relación a la comisión de delitos por parte de los adolescentes?

-A pesar de la situación de pandemia, que ya tenemos más de un año con ella, se han generado otra serie de factores que creo que no han salido finalmente a la luz y que pueden ser una serie de situaciones que se han presentado en distintos hogares, y que seguramente tendrán injerencia en la conducta o hacia los propios menores de edad, entonces, es posible que ellos pudieran estar participando en alguna conducta tipificada como delito en el código penal y aún no ha sido detectada.

¿Qué avances hay en Yucatán respecto a la aplicación de sanciones a adolescentes?

-Se han hecho distintos esfuerzos relacionados con el tema, con respecto a las normas vigentes tenemos que hace aproximadamente un mes entró en vigor la ley Estatal de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y recordemos que hace dos años también entró en vigor para el caso del municipio de Mérida un protocolo de actuación para policías en caso de detención de niños, niñas y adolescentes que participen ya sea en delitos o en infracciones. Todo esto tiene que ver precisamente con el cumplimiento de los derechos a favor de los niños, niñas y adolescentes, en ese sentido nos encontramos en el estado de Yucatán.

¿Cuáles son algunas de las novedades de esta nueva ley Estatal de Protección a los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes?

-Tenemos una nueva figura que se llama Procuraduría de Protección, que abarcará no solamente el aspecto familiar, sino también dentro del derecho penal va a tener la responsabilidad de vigilar que no solamente se aplique la consecuencia como debe de ser, sino que se garanticen los derechos de los adolescentes.

-Hay otros aspectos, pues dejamos nosotros de tener la función de lo que se conocía como la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia para los casos de aquellos adolescentes que tenían que participar en una audiencia y no tenían el acompañamiento de sus padres; ahora será responsabilidad de la procuraduría de protección. La ley enumera una serie de derechos que están enfocados no solamente a los adolescentes sino a las niñas, niños y adolescentes.

-Aquí es importante destacar que en el tema de delitos patrimoniales, se da la oportunidad al adolescente de responder a la víctima reparando el daño para solucionar el conflicto sin llegar a ser judicializado.

Finalmente el magistrado destacó que el fin último de la ley que hoy se aplica en todo el territorio nacional es la consecuencia socio educativa a pesar de que se de la privación de la libertad como lo señalan los códigos penales, razón por la cual, el juzgador analiza los motivos por los cuales se tomó la decisión de participar en el delito.

Texto: Manuel Pool

Foto: Cortesía

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