Mérida, Yucatán, 8 de diciembre de 2023.-Al analizar el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, identificado con la clave JDC-022/2023 y Acumulados, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) revocó el acuerdo C.G.-043/2023 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) y le ordenó realizar uno nuevo por medio del cual garantice que haya más candidaturas indígenas para las diputaciones de Mayoría en las elecciones del 2024.
En la sesión pública, la magistrada presidenta Lissette Guadalupe Cetz Canché explicó que para poder estudiar ese juicio se acumularon otros 12 para ser un total de 13, presentados por diversos ciudadanos, toda vez que existe conexidad en la causa porque impugnaron el mismo acuerdo, el cual aborda los Lineamientos de las acciones afirmativas para para el cumplimiento de paridad de género en el registro de candidaturas e integración del Congreso del Estado y los Ayuntamientos, así como para el registro de candidaturas indígenas y afromexicanas, personas de la diversidad sexual, personas con discapacidad, personas jóvenes, personas adultas mayores y personas en situación de pobreza.
Al abundar sobre esta sentencia, la magistrada indicó que en lo relativo a las diputaciones de Mayoría relativa, le asiste la razón a las y a los quejosos, porque se evidencia un trato desigual y sí se afecta el derecho del pueblo maya, en cuanto a que el acuerdo del Iepac señala que se deben postular candidaturas indígenas en sólo dos distritos electorales.
Precisó que el mencionado acuerdo vulnera el principio de progresividad en su vertiente de prohibición de regresión, sobre la base de que sí se vulnera la participación de la comunidad indígena, ya que en el proceso electoral anterior se determinó como cuota de acción afirmativa dos diputaciones indígenas, cuando es bien sabido que con la nueva distritación hecha en Yucatán se aumentaron los distritos uninominales, pasando de 15 a 21.
Por lo tanto, agregó la magistrada Cetz Canché, se observa que sí existe un retroceso en cuanto a las candidaturas indígenas si se toma en cuenta que el estado está conformado en su mayoría por población maya, por lo que se debe tomar en consideración más distritos electorales como cuota afirmativa para este sector.
“Se debió actualizar el número de distritos indígenas de acuerdo con el criterio demográfico de población indígena y más en relación a la nueva distritación. Luego entonces, mantener el número de diputaciones igual al del proceso electoral pasado y elegir en el presente el mismo número, sí afecta directamente a este grupo, por tener menos espacios para su beneficio”, señaló.
Por tal razón, el TEEY sentenció la revocación del acuerdo C.G.-043/2023 y ordenó que, en un plazo máximo de cinco días, el Consejo General del Iepac emita uno nuevo que establezca que, de los distritos electorales cuya concentración de población indígena sea mayoritario, se garanticen más candidaturas indígenas de diputaciones de Mayoría relativa.
Y en lo relativo a otros agravios reclamados en el JDC-022/202 y Acumulados, el Tribunal los declaró indundados.
En la sesión del Pleno también se abordó el JCD-041/2023, cuyo ponente fue el magistrado Fernando Bolio Vales y que fue presentado por el ciudadano Luis García López. El juicio fue declarado como infundado, ya que se corroboró que el quejoso presentó de manera extemporánea la documentación requerida por el Iepac para que pudiera ser considerado aspirante a una candidatura independiente en Mérida.