El diputado federal Joaquín Díaz Mena “Huacho” informó que en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para beneficio de los ganaderos de Yucatán y de todo el país se reformó el Código Penal Federal para tipificar el delito de abigeato o robo de ganado, con sanciones que van desde los 2 hasta los 10 años de prisión para quien o quienes comentan este ilícito.
Así mismo el abigeato se considerará calificado y se aumentará la pena hasta en una mitad, cuando sea cometido por quien tenga una relación laboral, o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con el propietario del ganado.
Con la reforma al artículo 381 Bis se considera ganado a las especies bovina, caballar, asnal, mular, ovina, caprina, porcina o de una o más colonias de abejas en un apiario, así como aquel domesticado, bravo, de pezuña, ganado mayor o menor, independientemente de la actividad típica del animal.
De igual manera el sacrificio de ganado, sin el consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo, se equiparará al delito de abigeato y se sancionará con la misma pena. También se consideran sanciones diferentes cuando se actúe en asociación delictuosa, banda o pandilla.
“La ganadería y la apicultura sufren graves daños y pérdidas millonarias por robo, por lo que las reformas aprobadas les brindan protección al establecer riguroso castigo a quienes cometan este delito que en los últimos años ha ido en aumento en toda la república”, expresó el diputado Díaz Mena.